a) Asegurado; debe ser el dueño de la carga.
b) Valor asegurado; debe ser el valor real de la mercancía.
c) Deducible.
-
Nunca renuncie al derecho que tiene la aseguradora a subrogarse sobre el responsable del siniestro, salvo autorización escrita de la aseguradora.
-
Revise que los valores declarados en la aduana sean los mismos que contienen las facturas de las mercancías.
-
Cuando contrate transportadores terrestres, marítimos o aéreos, siempre declare el valor de la mercancía.
-
No seleccione aseguradoras que no sean especialistas. Las que tienen mayor experiencia en el transporte de mercancías, le pueden ayudar en caso de siniestro.
-
En accidentes de tránsito que dañen la carga, obligue al transportador para que siempre que intervenga la Policía de Tránsito y/o Vial. En caso de no presentarse la autoridad correspondiente, elaboren un croquis de los sucedido y hágalo firmar por testigos. Ideal si puede tomar fotos de la escena del accidente.
-
Llame a su corredor de seguros inmediatamente se entere del hecho, para que reporte el incidente a la aseguradora.
-
Mantenga los documentos de la carga en una carpeta fácil de consultar. En caso de siniestro debe todo disponible.
-
Al dar la declaración del siniestro simplemente cuente lo que le avisaron. Recuerde que la póliza tiene cobertura inclusive si el transportador es culpable del accidente.